Modelo 111: qué es, quién lo presenta y plazos de las retenciones de IRPF

Asesora de Gestoría Yagüe preparando declaraciones en la oficina de Zaragoza

El modelo 111 es la autoliquidación con la que empresas y autónomos ingresan en Hacienda las retenciones de IRPF que practican en las nóminas y en las facturas de profesionales. Lo presenta quien paga esas rentas: cada trimestre, en los veinte primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero, o cada mes si se trata de una gran empresa.

En nuestra gestoría para empresas en Zaragoza preparamos cada trimestre las retenciones de tu sociedad junto con las nóminas, para que el 111 cuadre con lo pagado.

¿Qué es el modelo 111 de Hacienda?

Su nombre oficial es «Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta». Cuando tu empresa paga una nómina o la factura de un profesional, descuenta una parte como adelanto del IRPF de quien cobra. Ese dinero no es de la empresa: lo guarda y lo ingresa con el 111. Si buscas cuál es el modelo 111 entre todos los de Hacienda, es este, el que declara el total retenido en cada periodo.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 111?

Toda persona o entidad obligada a retener que haya pagado en el periodo rentas sujetas a retención: rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas, ganaderas o forestales, determinados premios y otras rentas que enumera el modelo. En la práctica, cualquier sociedad con plantilla, y también comunidades de propietarios, asociaciones o cooperativas que pagan nóminas o facturas de profesionales. Un autónomo también lo presenta si tiene trabajadores o si en su actividad paga facturas de profesionales con retención.

¿Es obligatorio presentarlo si no hay retenciones?

Depende de por qué no las hay. Si pagaste rentas sujetas pero, por su cuantía, no correspondía retener, se presenta un 111 negativo. Presentar el modelo 111 no es obligatorio si no hay retenciones porque en el periodo no pagaste ninguna renta sujeta: entonces no se presenta, ni siquiera en blanco. Si dejas de pagar esas rentas, comunícalo con una declaración censal de modificación (modelo 036) en el plazo de un mes desde el fin del periodo, y date de alta de nuevo cuando vuelvas a pagarlas.

¿Cuándo se presenta el modelo 111?

Con carácter general es trimestral: se presenta en los veinte primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero, y en cada uno se declaran las retenciones del trimestre natural anterior. Son los mismos meses que los del IVA y el pago fraccionado del IRPF. Si el último día cae en sábado o en día inhábil, el plazo pasa al primer día hábil siguiente. La Agencia Tributaria publica las fechas exactas de cada año en su calendario del contribuyente.

El modelo 111 del cuarto trimestre

¿Cuándo se presenta el modelo 111 del cuarto trimestre? En los veinte primeros días naturales de enero del año siguiente. No coincide con el modelo 303 del mismo trimestre, que tiene hasta los treinta primeros días naturales de enero. En enero toca además el resumen anual de retenciones, el modelo 190, y poco después cada trabajador necesitará su certificado de retenciones, que debe tener antes de que empiece la campaña de la renta. Por eso conviene cerrar pronto las nóminas de diciembre.

Grandes empresas: el modelo 111 mensual

Si el volumen de operaciones de tu empresa superó 6.010.121,04 euros el año anterior, tiene la consideración de gran empresa y presenta el 111 cada mes, en los veinte primeros días naturales del mes siguiente, por las retenciones del mes anterior. Además, debe presentarlo por internet con certificado electrónico. Trabajamos también con grandes compañías: si tu empresa cruza ese umbral, revisamos contigo el calendario mensual de retenciones, IVA y nóminas para que ningún cierre se quede atrás.

¿Cómo se rellena y se presenta el modelo 111?

Para saber cómo rellenar el modelo 111 se parte de las nóminas y facturas del periodo. Se indican el NIF, el ejercicio y el periodo y, en cada bloque (trabajo, actividades económicas, premios y demás), el número de perceptores, el importe pagado y el de las retenciones; la suma es lo que se ingresa. En cuanto a cómo presentar el modelo 111, las sociedades anónimas y limitadas y las grandes empresas lo hacen por internet con certificado electrónico; las personas físicas pueden usar también Cl@ve.

¿Cómo se rectifica un modelo 111 ya presentado?

¿Y cómo puedo rectificar un modelo 111 ya presentado? Depende del error. Si ingresaste de menos, por ejemplo porque faltaba una nómina, se presenta una autoliquidación complementaria con la diferencia, indicando el resultado de la que ya presentaste. Si ingresaste de más o el error es de otro tipo, no cabe complementaria: se pide a Hacienda la rectificación de la autoliquidación, siempre que no haya liquidado ella antes por el mismo motivo ni haya pasado el plazo de cuatro años.

Modelo 111, 115 y 190: en qué se diferencian

Los tres los presenta la empresa como retenedora, pero recogen cosas distintas:

  • Modelo 111: retenciones de nóminas, profesionales y otras rentas del trabajo y de actividades, cada trimestre o cada mes.
  • Modelo 115: retenciones por el alquiler de inmuebles, por ejemplo la oficina o el local que alquila tu empresa.
  • Modelo 190: resumen anual informativo de lo declarado en el 111, con el detalle de cada perceptor, entre el 1 y el 31 de enero.

El resumen anual del 115 es el modelo 180.

Llevamos las retenciones y las nóminas de tu empresa en Zaragoza

El 111 solo cuadra si cuadran las nóminas, las facturas de profesionales y la contabilidad. Por eso lo preparamos junto con la gestión laboral de tu plantilla y con el IVA y las retenciones de la sociedad (modelos 303, 111 y 115), y te avisamos de los cambios normativos que afectan a tu empresa. Llevamos la contabilidad, los impuestos y las nóminas de tu sociedad desde un mismo despacho. Pide presupuesto sin compromiso en nuestra gestoría para empresas en Zaragoza.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo 111

¿Cómo pagar el modelo 111 por internet?

Al presentar el modelo 111 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria eliges cómo pagar: domiciliación bancaria o adeudo en una cuenta de una entidad colaboradora, indicando el IBAN. Si en el periodo pagaste rentas sujetas pero no correspondía retener, se presenta como autoliquidación negativa y no hay nada que pagar. Si no pagaste ninguna renta sujeta, no se presenta.

¿Un autónomo sin empleados tiene que presentar el modelo 111?

Solo si en su actividad paga rentas con retención. El caso más habitual es el del autónomo que contrata a un profesional, como un abogado o un arquitecto que factura con retención: esa retención la descuenta el autónomo al pagar y la ingresa con el 111 del trimestre. Si alquila un local con retención, esa va en el modelo 115. Sin trabajadores ni facturas con retención, no presenta el 111.

¿Qué pasa si presento el modelo 111 fuera de plazo?

Si lo presentas tarde por tu cuenta, antes de que Hacienda te lo requiera, se aplica un recargo sobre el importe a ingresar que aumenta con cada mes de retraso, pero no se impone sanción. Por eso, si ves que se pasó un trimestre o que faltó una nómina, conviene regularizarlo cuanto antes, con el 111 pendiente o con una complementaria, antes de que llegue cualquier requerimiento.

¿Cómo sabe cada trabajador cuánto IRPF le han retenido?

La empresa debe comunicarle la retención y el porcentaje aplicado cada vez que le paga. Además, antes de que empiece la campaña de la renta tiene que poner a su disposición un certificado con lo que le ha pagado y retenido en el año. Ese certificado tiene que cuadrar con lo ingresado en los modelos 111 del año y con el resumen anual 190.

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