Finiquito: qué incluye, cómo se calcula y cuándo se paga

Asesora al teléfono con carpetas y documentos sobre su mesa en la gestoría

El finiquito liquida lo que la empresa debe al trabajador al acabar el contrato: días del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte de las pagas extra. En nuestra asesoría laboral en Zaragoza hacemos las nóminas y los finiquitos de tu plantilla, así que la liquidación sale de lo que el trabajador ha cobrado de verdad durante el año.

¿Qué es el finiquito y qué incluye?

Es el documento de liquidación de las cantidades que la empresa adeuda al trabajador cuando se extingue el contrato, sea cual sea la causa. El Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a entregar una propuesta de ese documento junto con la comunicación del fin del contrato o del preaviso (artículo 49.2). Incluye los días trabajados del último mes que no se han pagado, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte pendiente de las pagas extra y cualquier otra cantidad debida.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

El finiquito paga lo ya trabajado; la indemnización compensa el fin del contrato en algunos despidos y al terminar ciertos contratos temporales. Por eso al acabar cualquier contrato hay liquidación, pero no siempre indemnización. El Estatuto no considera salario las indemnizaciones por despido, y la indemnización por despido o cese en la cuantía obligatoria que fija el Estatuto está exenta del IRPF y no cotiza. Cuánto corresponde en cada despido lo explicamos en cómo hacer un despido correctamente.

¿Cómo se calcula el finiquito paso a paso?

Para calcular el finiquito se suman tres partidas, cada una con su regla, y sobre lo que es salario se aplican la retención del IRPF y la cotización. Lo vemos con un ejemplo de cifras redondas inventadas: un trabajador con un salario de 1.800 euros al mes y dos pagas extra de 1.800 euros sin prorratear deja la empresa el 15 de junio. Tu convenio puede cambiar alguna regla, así que el ejemplo explica el método, no sustituye al cálculo de cada caso.

Los días trabajados del último mes

Primero, el salario de los días del último mes que todavía no se han pagado en nómina, con sus complementos, como pluses, comisiones u horas extra pendientes. En el ejemplo, contando el mes como de 30 días, el día sale a 1.800 / 30 = 60 euros, y por los 15 días trabajados de junio le corresponden 15 x 60 = 900 euros. Si el contrato termina el último día del mes y ese mes ya va en su nómina, esta partida queda a cero.

Las vacaciones no disfrutadas

Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras dura el contrato, pero las generadas y no disfrutadas al terminarlo se pagan en el finiquito. El Estatuto fija un mínimo de 30 días naturales al año, que el convenio o el contrato pueden mejorar; con 30 días, cada mes trabajado genera 2,5. En el ejemplo, de los días generados en el año le quedan 10 sin disfrutar: 10 x 60 = 600 euros. Esas vacaciones cotizan en una liquidación complementaria a la del mes en que termina el contrato.

La parte proporcional de las pagas extra

El Estatuto reconoce dos pagas extraordinarias al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio, que también fija su cuantía. En el finiquito entra la parte generada y no cobrada de cada una; si el convenio permite prorratearlas y ya se cobran en cada nómina, no se suman otra vez. En el ejemplo, las dos se generan a lo largo del año natural: 1.800 x 2 x 5,5 / 12 = 1.650 euros. Total bruto: 900 + 600 + 1.650 = 3.150 euros.

El finiquito según cómo termina el contrato

Las tres partidas son las mismas en cualquier extinción: despido, dimisión, fin de un contrato temporal, mutuo acuerdo o jubilación. Lo que cambia es lo que se suma aparte. En un despido, la indemnización que corresponda se calcula con otras reglas. Por eso, para calcular el finiquito de un despido o sacar el finiquito por despido de un trabajador, conviene separar en el documento la liquidación y la indemnización, y lo mismo al calcular el finiquito de un fin de contrato temporal.

Baja voluntaria: ¿hay finiquito si te vas tú?

¿Si me despido tengo derecho a finiquito? Sí. Baja voluntaria y finiquito van juntos: quien dimite cobra los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas y la parte de las pagas extra, aunque no tiene indemnización. ¿Cómo se calcula el finiquito por baja voluntaria? Igual, con un matiz: el Estatuto pide avisar con el preaviso que señale el convenio o la costumbre del lugar, y si no se cumple, el convenio puede permitir descontar los días que faltaron. Ninguna calculadora de finiquito por baja voluntaria lo sabe sin tu convenio.

Fin de un contrato temporal

Cuando un contrato temporal llega a su fecha, el finiquito por fin de contrato suma las tres partidas y, además, la indemnización que fija el Estatuto: la parte proporcional de doce días de salario por cada año de servicio, salvo que una norma específica fije otra. No la hay en los contratos formativos ni en el de sustitución. Si el contrato temporal dura más de un año, quien lo da por terminado debe avisar a la otra parte con al menos quince días de antelación.

¿Cuándo se paga y qué revisar antes de firmarlo?

El Estatuto no fija un día concreto: la propuesta de liquidación se entrega con la comunicación del fin del contrato o del preaviso, y el salario se paga en la fecha y el lugar convenidos o según los usos. Antes de firmar conviene revisar los días, las vacaciones pendientes, las pagas, la retención y la indemnización si procede. El trabajador puede pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores en la firma, y para reclamar cantidades tiene, en general, un año.

Calculamos los finiquitos de tu plantilla en Zaragoza

Calculamos el finiquito con los datos reales de las nóminas, aplicamos tu convenio a vacaciones, pagas y preaviso y separamos en el documento lo que es salario de lo que es indemnización, para que la retención y la cotización salgan bien. Si tienes que liquidar a un trabajador, revisamos con tu convenio qué le corresponde y preparamos el finiquito y su baja. La primera consulta es sin compromiso en nuestra asesoría laboral en Zaragoza.

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Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Cómo sacar el finiquito de un trabajador?

Para sacar el finiquito de un trabajador, reúne sus nóminas del año, el convenio y la fecha de baja. Calcula los días pendientes del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte de las pagas extra no cobrada; aplica la retención del IRPF y la cotización, y separa la indemnización si la hay. Entrega la propuesta de liquidación junto con la comunicación del fin del contrato y tramita su baja en la Seguridad Social.

¿Cómo calcular mi finiquito?

Si eres trabajador y quieres comprobarlo, calcula tu finiquito con tu última nómina y tu convenio: el valor del día por los días del mes que faltan por cobrar, el valor del día por las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra que no estén prorrateadas. Los pasos son los mismos para calcular el finiquito de una baja voluntaria, de un despido o de un fin de contrato; solo cambia lo que se suma aparte.

¿El finiquito lleva retención de IRPF?

Sí, en lo que es salario. Los días del último mes, las vacaciones y las pagas extra son rendimientos del trabajo, y la empresa practica la retención como en cualquier nómina, además de la cotización. La indemnización por despido o cese está exenta del IRPF y no cotiza en la cuantía obligatoria que fija el Estatuto de los Trabajadores; lo que se pacte por encima, en general, no tiene esa exención. Por eso conviene separar las dos cosas en el documento.

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