Las cuentas anuales son los documentos contables que toda sociedad debe formular al cierre de cada ejercicio, aprobar en junta y depositar en el Registro Mercantil. Para un ejercicio que cierra el 31 de diciembre, hay que formularlas antes del 31 de marzo, aprobarlas antes del 30 de junio y depositarlas dentro del mes siguiente a la aprobación. En Gestoría Yagüe las preparamos y depositamos por ti.
¿Qué son las cuentas anuales?
Las cuentas anuales reflejan la situación económica y financiera de una sociedad al cierre del ejercicio. Están formadas por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Las pequeñas empresas que pueden presentar modelos abreviados quedan exentas de algunos de estos documentos.
Plazos de las cuentas anuales
El calendario, para un ejercicio que cierra el 31 de diciembre, es el siguiente:
- Formulación: dentro de los 3 meses siguientes al cierre (hasta el 31 de marzo).
- Aprobación en junta general: dentro de los 6 meses siguientes al cierre (hasta el 30 de junio).
- Depósito en el Registro Mercantil: dentro del mes siguiente a la aprobación.
¿Qué pasa si no se depositan?
No depositar las cuentas anuales conlleva el cierre de la hoja registral de la sociedad, de modo que no se pueden inscribir la mayoría de los actos en el Registro Mercantil, además de posibles sanciones. Por eso es importante cumplir con los plazos cada año.
Preparamos y depositamos tus cuentas anuales
En Gestoría Yagüe llevamos la contabilidad durante todo el año, formulamos las cuentas anuales, preparamos la documentación para la junta y realizamos el depósito en el Registro Mercantil dentro de plazo. Contacta con nosotros y te lo dejamos resuelto.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a depositar las cuentas anuales?
Las sociedades mercantiles (sociedades limitadas, anónimas y similares) están obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil cada año. Los autónomos, con carácter general, no tienen esta obligación.
¿Cuándo hay que depositar las cuentas anuales?
Para un ejercicio que cierra el 31 de diciembre, las cuentas se aprueban en junta antes del 30 de junio y se depositan dentro del mes siguiente, normalmente hasta finales de julio.
¿Qué pasa si presento las cuentas fuera de plazo?
El Registro Mercantil cierra la hoja de la sociedad, lo que impide inscribir nuevos actos, y pueden imponerse sanciones. Conviene regularizar la situación cuanto antes.
¿Qué documentos forman las cuentas anuales?
El balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Las empresas que presentan modelo abreviado quedan exentas de algunos.
