El cambio de titularidad en la DGT, la transferencia, pone un vehículo usado a nombre de su nuevo dueño. El vendedor notifica la venta a Tráfico en los diez días siguientes y el comprador pide el cambio en treinta días, después de liquidar el impuesto y pagar la tasa.
En nuestra gestoría de vehículos en Zaragoza hacemos la transferencia completa: revisamos el contrato, liquidamos el impuesto y presentamos el cambio de titularidad ante la DGT.
¿Qué es el cambio de titularidad (transferencia) de un vehículo?
Es el trámite con el que la DGT anota en el Registro de Vehículos a la persona o la empresa que ha adquirido un vehículo y le expide el permiso de circulación a su nombre. Se conoce también como cambio de nombre del vehículo en la DGT o cambio de titular. Tiene que estar de alta: si está de baja temporal, el vendedor lo da de alta antes. Antes de comprar, un informe reducido del vehículo muestra si tiene reserva de dominio, embargos o precintos.
Pasos para hacer el cambio de titularidad en la DGT
Son cuatro pasos: contrato o factura, notificación de venta, impuesto y solicitud de cambio de titularidad del vehículo con la tasa pagada. El comprador tiene treinta días, como contamos en la pregunta del plazo de nuestra página de trámites de vehículos. El documento para el cambio de titularidad en la DGT es el contrato firmado en todas sus hojas o la factura. En la oficina, con cita previa para el cambio de nombre en la DGT, llevas el impreso de cambio de titularidad firmado.
El contrato de compraventa: qué debe incluir
El contrato de compraventa recoge los datos del vehículo, el DNI, NIE o NIF de comprador y vendedor, el importe pactado y la fecha y la hora de la firma. Los dos lo firman en cada una de sus hojas, y la DGT aconseja indicar la hora exacta en que se entrega el vehículo y guardar fotocopia del documento de identidad del otro. Si el vehículo tiene un embargo o un precinto, el comprador firma un documento en el que declara que lo conoce.
La notificación de venta: cómo se protege el vendedor
El vendedor comunica la venta a Tráfico en los diez días siguientes. Hasta que la notifica o se hace el cambio de titularidad, le siguen llegando las multas de los radares fijos y las de la ITV, y sigue siendo titular a efectos de tráfico. Notificar no sustituye a la transferencia, que sigue siendo obligación del comprador. Para una empresa que renueva su flota, es el trámite que la desvincula de cada vehículo vendido.
Tasa de la DGT e impuesto de la compraventa: quién paga cada uno
El pago de la tasa de la DGT en la transferencia del vehículo corresponde al comprador, porque la ley de tasas de Tráfico obliga a quien solicita el servicio. El impuesto de la compraventa entre particulares es el de Transmisiones Patrimoniales y también lo paga el comprador; si reside fiscalmente en Aragón, lo autoliquida en un mes. La DGT pide el justificante del pago, la exención o la no sujeción (modelo 620 o 621, según corresponda). Con factura con IVA por todo el valor, no se liquida.
¿Se puede hacer el cambio de titularidad online?
Sí. La DGT permite pedir el cambio de titularidad online desde su sede electrónica con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve: se adjuntan el contrato firmado en todas sus hojas, o la factura, y el justificante del impuesto, y la tasa se paga en el mismo formulario. Las empresas solo pueden tramitarlo por internet. La transferencia de vehículo online también la presenta una gestoría por su plataforma con Tráfico: tú solo firmas las autorizaciones.
Casos que cambian el trámite
El trámite general vale para casi todos los vehículos, pero algunos supuestos cambian el impuesto, el plazo o los papeles: la entrega a un compraventa profesional, el divorcio o la compra a una empresa de renting, entre otros. Si entregas el coche a un compraventa para que lo venda, no hay transferencia inmediata: pasa a una baja temporal, como explicamos en cómo dar de baja un vehículo en la DGT.
Cambio de nombre de una moto
El cambio de titularidad de una moto, o cambio de nombre de una moto, sigue el mismo trámite que el de un coche: contrato, notificación de venta, impuesto y solicitud en la DGT, también por internet. Si te preguntas cómo hacer el cambio de nombre de una moto que es un ciclomotor, tiene su propio supuesto en la sede de la DGT, con su tasa y treinta días de plazo. Para la transferencia de una moto en la DGT, pide antes su informe.
Cambio de titularidad entre familiares
El cambio de titularidad de vehículos entre familiares no tiene un trámite propio: es una compraventa o una donación. Si hay pago, el comprador liquida Transmisiones Patrimoniales como en cualquier venta. Si es un regalo, el documento dice que es una donación y quien recibe el vehículo liquida el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La DGT tiene un modelo de contrato de donación, y el plazo para pedir el cambio es el mismo, treinta días.
Te hacemos la transferencia de tu vehículo en Zaragoza
Revisamos el informe del vehículo antes de que firmes, preparamos el contrato, notificamos la venta y liquidamos el impuesto en Aragón. Si tu empresa renueva vehículos, coordinamos la notificación de venta de los que salen y el cambio de titularidad de los que entran. Si prefieres no pedir cita ni hacer colas en Tráfico, te tramitamos la transferencia de principio a fin. Pide presupuesto sin compromiso en nuestra gestoría de vehículos en Zaragoza.
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Preguntas frecuentes sobre el cambio de titularidad en la DGT
¿Se puede transferir un vehículo con reserva de dominio o con un embargo?
Con reserva de dominio, solo si la financiera da su consentimiento expreso o el comprador se subroga en la deuda. Con un embargo o un precinto, la DGT admite la transferencia si el comprador firma un documento en el que confirma que conoce esa situación. Antes de pagar, pide un informe reducido del vehículo: es la forma más sencilla de saber si arrastra alguna de estas cargas y de negociar con esa información.
¿Cómo se cambia la titularidad de los vehículos de una empresa?
El trámite es el mismo, pero solo por internet: la DGT no atiende en sus oficinas a empresas ni a personas jurídicas. Si la empresa vende, el documento que acredita la venta es su factura. Si renuevas la flota, cada vehículo vendido se notifica y cada vehículo comprado necesita su propio cambio de titularidad, con el impuesto si lo compras a un particular. Una gestoría puede presentarlo todo por su plataforma con Tráfico.
¿Qué pasa si el comprador no pide el cambio de titularidad?
Incumple su obligación y el vehículo sigue registrado a nombre del vendedor. Para el vendedor, la protección es la notificación de venta: si la ha hecho, dejan de llegarle multas como las de los radares fijos; si no, sigue siendo titular a efectos de tráfico hasta que el vehículo se inscriba a nombre de otro. Por eso conviene notificar la venta el mismo día y que el comprador presente el cambio en los treinta días que fija el reglamento.



